Los errores médicos pueden denunciarse. Sin embargo, antes de nada, hay que hacer una serie de matices que nos permitan saber dónde y cómo denunciar una negligencia médica.
Lo primero que se debe tener en cuenta ante un caso de Negligencia Médica es saber donde se ha cometido la negligencia: Si dentro de la sanidad pública o si, por el contrario, ha acontecido en el ámbito de la sanidad privada.
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¿Dónde denunciar una negligencia médica?
En principio, la denuncia de una negligencia médica debe ser puesta en el lugar donde fue cometida.
En la sanidad pública de la Comunidad Valenciana (Castellón, Valencia, Alicante), debe ser puesta en la Conselleria de Sanidad de la ciudad de Valencia, por cuanto en Valencia se halla el Servicio responsable de tramitar y resolver las reclamaciones interpuestas.
Tratándose de la sanidad privada, en el domicilio social del profesional o centro médico que cometió la negligencia.
¿Cómo reclamar/denunciar negligencias médicas?
Tanto sea en la sanidad pública como en la privada, debe ser puesto el caso en conocimiento de un Abogado Especialista en Negligencias Médicas.
No hay que olvidar que al paciente o a sus familiares les corresponde probar el daño y la culpa del médico u hospital que ha causado la negligencia.
Para ello es necesario, en primer lugar, que el caso sea examinado por un perito médico especializado en la materia en la que se ha cometido la negligencia (no sirve cualquier médico o perito; debe ser el especialista pertinente de la materia en la que se ha cometido la negligencia, porque es el único que, con conocimiento de causa, puede establecer si ha existido o no una negligencia médica).
En segundo lugar, contar con el asesoramiento de un Abogado experto en Derecho Sanitario, rama especializada dentro del campo del Derecho.
Denunciar Negligencia Médica Seguridad Social
Cuando una negligencia médica es cometida por la Seguridad Social, o por una mutualidad (en el caso de funcionarios: MUFACE, ISFAS, etc), o por una mutua laboral (ASEPEYO, FREMAP, etc.) o por un centro concertado con la sanidad pública (aun siendo privado), debe interponerse, en primer lugar, una reclamación administrativa.
Esta debe estar bien fundamentada, tanto médica como jurídicamente y no una simple hoja de queja, que no sirve absolutamente para nada, puesto que siempre dicen “Lamentamos el error cometido y trataremos de subsanarlo”. Pero en la realidad, nunca lo subsanan. Y todo ello como paso previo a la posterior demanda ante los Tribunales.
Es importante que la reclamación administrativa este bien fundamentada, tanto en el aspecto médico como en cuanto a la parte jurídica se refiere, ya que el resultado de ésta va a condicionar y mucho, el futuro del posterior pleito judicial. En definitiva: Las cosas deben hacerse bien desde un principio.
Hay que tener en cuenta que la reclamación administrativa no es un simple formulismo o trámite y que lo importante es la futura demanda judicial. En absoluto. La reclamación administrativa debe estar, ya de entrada, bien hecha y bien fundamentada, porque de ello va a depender el éxito posterior en vía judicial.
Para ello es importante que el asunto lo conozca y lo lleve, desde el inicio, un Abogado especialista en casos médicos.
Denunciar a un hospital privado
Para ello hace falta que la actuación sanitaria negligente se haya cometido por personal al servicio del centro u hospital privado.
Por eso se debe distinguir cuando un hospital privado únicamente «alquila» sus instalaciones (quirófanos, consultas, etc.), en que no es responsable de los hechos, siendo el verdadero responsable de los hechos el médico o equipo médico que ha efectuado la negligencia, a cuando es el propio hospital, con sus medios, sus médicos, sus enfermeros y demás personal sanitario el que comete la negligencia, en que sí es demandable.
Y, por último, las aseguradoras sanitarias (ADESLAS, SANITAS, ASISA, DKV, etc) que pueden ser demandadas cuando la negligencia ha sido cometida por profesionales o en centros dentro de su cuadro médico.
Es decir, cuando la negligencia se ha producido por personal o instalaciones que las aseguradoras médicas ponen al servicio de sus asegurados, por cuanto la aseguradora médica no sólo está obligada a sufragar los gastos causados por la actividad sanitaria, sino también, y esto es muy importante, a ofrecer a sus asegurados una asistencia médica de calidad, es decir, a garantizar a sus pacientes que el personal ofertado en su cuadro médico va a actuar con la diligencia que es debida a todo personal sanitario. Y en caso de no ser así, es la propia aseguradora sanitaria la que debe responder de la asistencia mal prestada, individual o conjuntamente con el equipo médico.
Si has sido víctima de una negligencia médica, no dudes en ponerte en contacto con nosotros. Te atendemos vía telefónica, email y WhatsApp. Toda la información de contacto aquí.
Beau Bradley Greener
8 noviembre, 2022 a las 10:28Mi padre sufrio un golpe en la cabeza, lo llevamos a urgencias del centro medico y le dijeron a mi padre que era un rasguño y que lo llevaramos a casa, no lo extrayeron del coche lo examinaron en el asientro trasero, no hay parte medico tampoco y la autopsia se ha completado y ha muerto por un edema pulmonar que ha sido por culpa del golpe en la cabeza que provocó un trauma de el cerebro provocando que se inhunden los pulmones y se murio por ahogarse con el liquido de los pulmones.