La Sección Segunda de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana ha dictado sentencia, de fecha 22 de abril de 2026, por la que condena a la Generalitat Valenciana a indemnizar con 120.000 euros a un paciente de 76 años.
La resolución reconoce la responsabilidad de la administración sanitaria por las graves lesiones medulares ocasionadas al aplicarle anestesia epidural (raquianestesia) pese a su reiterada oposición y a los antecedentes documentados en su historia clínica.
La defensa del caso ha sido dirigida por Ica Aznar Congost y Juan Carlos Montealegre Bello, directores de Bruna Abogados. Transcurridos tres meses desde la sentencia, el afectado ha cobrado la indemnización.
Antecedentes médicos del paciente
El paciente había sido intervenido en dos ocasiones anteriores en el Hospital Lluís Alcanyís de Xàtiva (Valencia):
- El 30 de enero de 2018, de la rodilla derecha.
- El 16 de mayo de 2022, de una hernioplastia inguinal.
En ambas intervenciones se constató el grave riesgo que suponía la anestesia epidural para este paciente, por lo que se optó por anestesia general. La aplicación previa de epidural ya le había causado lesiones y secuelas. Esta advertencia constaba recogida en la historia clínica y el propio paciente había indicado expresamente que no se le administrara anestesia epidural.
La intervención del 21 de junio de 2022
El 21 de junio de 2022 se le practicó una nueva intervención quirúrgica en la rodilla derecha, en el mismo hospital, para la colocación de una prótesis. A pesar de los antecedentes médicos, de las advertencias documentadas y de la insistencia del paciente a los facultativos para que no se le aplicara anestesia epidural, se llevó a cabo la cirugía utilizando raquianestesia.
Como consecuencia, el paciente sufrió un hematoma medular y desarrolló un síndrome de cola de caballo. Esta lesión afecta de manera considerable a su deambulación y sensibilidad, mermando su calidad de vida. Actualmente necesita ayuda para realizar las tareas más básicas del día a día, carece de sensibilidad en la región genital y perineal, y requiere andador para salir de su hogar.
La sentencia del TSJ de Valencia
El Tribunal, en consonancia con los dictámenes periciales aportados por la Consellería de Sanidad, apreció la existencia de responsabilidad de la administración sanitaria por las lesiones ocasionadas como consecuencia de dicha anestesia.
La sentencia estima acreditado que las lesiones son consecuencia de la aplicación errónea de la epidural. Sin embargo, concede una indemnización de 120.000 €, frente a los 351.232 € solicitados en la demanda y respaldados por el informe de valoración del daño corporal elaborado por un perito médico especializado.
El Tribunal calificó el síndrome de cola de caballo como de grado bajo o medio, sin generar daños morales complementarios, y valoró el perjuicio estético como medio, a pesar de que el informe pericial de parte (elaborado por un médico especialista en neurología y valorador del daño) lo calificaba como importante. Esta cuantificación se realiza sin respaldo de un informe de valoración alternativo y sin que los magistrados cuenten con conocimientos médicos específicos para graduar el alcance de las secuelas.
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Los errores en la administración de anestesia, la falta de respeto a los antecedentes clínicos y a la voluntad del paciente, o las lesiones medulares derivadas de procedimientos quirúrgicos pueden generar secuelas graves e irreversibles. Si tú o un ser querido habéis sufrido una negligencia médica en Valencia o en cualquier otra comunidad, contacta con nosotros.
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