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Condenada una clínica quiropráctica de Torrent a pagar más de 150.000 € por provocar un síndrome de cola de caballo

La Sección Civil del Tribunal de Instancia de Valencia, Plaza Nº 15 ha condenado a una clínica quiropráctica de Torrent a indemnizar con 150.866,33 euros, más intereses y costas, a una paciente de 43 años.

Se trata de un claro caso de negligencia quiropráctica en Torrent que derivó en un síndrome de cola de caballo.

La sentencia estima íntegramente la demanda y considera acreditada una actuación contraria a la lex artis médica tras realizar una manipulación vertebral contraindicada.

El caso: de una ciática a un grave daño neurológico

La paciente acudió al centro quiropráctico presentando una sintomatología compatible con ciática.

Tal y como informó al centro, padecía previamente una hernia discal extruida lumbar. A pesar de esta patología conocida, los profesionales del centro le realizaron varias manipulaciones vertebrales agresivas que, según ha quedado probado en el procedimiento, estaban expresamente contraindicadas en su situación clínica.

Tras las sesiones, la paciente experimentó un rápido empeoramiento neurológico que derivó en un síndrome de cola de caballo, una de las complicaciones más graves que pueden producirse en la columna vertebral.

Esta patología obligó a la paciente a someterse a varias intervenciones quirúrgicas de urgencia en el Hospital Universitari i Politècnic La Fe de Valencia.

Secuelas permanentes derivadas de la negligencia médica

La afectada presenta importantes secuelas funcionales y neurológicas permanentes, entre ellas problemas urinarios, alteraciones en el control de esfínteres, limitaciones motoras severas y una importante pérdida de calidad de vida.

Este caso es un ejemplo más de los riesgos asociados a la hernia discal y quiropráctica cuando no se actúa con la debida prudencia.

Pruebas que sustentaron la indemnización clínica quiropráctica

La prueba pericial traumatológica aportada por la defensa fue clave en el procedimiento. El propio juez la valoró como “creíble, coherente y consistente”.

Además, las declaraciones de los neurocirujanos del Hospital La Fe confirmaron que las lesiones fueron consecuencia directa de las manipulaciones realizadas y que eran perfectamente previsibles y evitables.

El juez también consideró acreditada la falta de un consentimiento informado adecuado, reforzando la existencia de negligencia Valencia en este caso.

Valoración del caso

Esta sentencia pone de manifiesto los peligros reales que pueden surgir en centros quiroprácticos cuando se tratan patologías complejas como hernias discales sin la formación ni competencia médica adecuada. Las manipulaciones agresivas en pacientes con patología lumbar previa pueden tener consecuencias devastadoras.

La dirección letrada del procedimiento ha sido asumida por la abogada Ica Aznar Congost y el letrado Juan Carlos Montealegre Bello, especialistas en Derecho Sanitario y negligencias médicas. Ambos, directores de Bruna Abogados.

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