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La importancia del Consentimiento Informado

Según la Ley de Autonomía del Paciente, los pacientes tienen derecho a conocer, con motivo de cualquier actuación en el ámbito de su salud, toda la información disponible sobre la misma, que debe ser verdadera y se debe comunicar al paciente de forma comprensible y adecuada a sus necesidades a fin de que éste tome las decisiones de acuerdo con su propia y libre voluntad.

Es decir: El paciente debe prestar su consentimiento para cualquier tratamiento terapéutico y para ello el médico debe informarle previamente, con antelación suficiente, de dicho tratamiento, con los pros y contras del mismo para su caso concreto y particular. Y muy especialmente cuando se trata de una intervención quirúrgica. Eso es fundamental.

¿Qué es el consentimiento informado?

El consentimiento informado consiste en la obligación que tiene el personal sanitario respecto del paciente, de informarle sobre cualquier actuación médica y, en especial, sobre los tratamientos invasivos que se le hagan, sea intervención quirúrgica (caso más frecuente) o pruebas invasivas que supongan un riesgo para la salud del paciente.

Es el paciente el que toma las decisiones, una vez debidamente informado, sobre una actuación médica y no el facultativo. Ya no estamos en el siglo XIX donde el médico se erigía respecto del paciente en una especie de «padre protector» que tomaba las decisiones por el paciente, cuando lo que estaba en juego era la vida del paciente y no la del facultativo.

Se ha pasado de una modalidad «paternalista» de la medicina a otra más acorde con los derechos humanos, en el que el paciente está en un plano de igualdad con el médico y no que el médico se sitúe en un nivel superior.

En definitiva: Es muy importante, mejor dicho, esencial, que el paciente, debidamente informado, y antes del inicio de cualquier tratamiento terapéutico (y sobre todo en las intervenciones quirúrgicas o pruebas invasivas), tome la decisión más acorde con sus intereses, sin que el médico intervenga en la toma de dicha decisión, más allá de informarle de los detalles del tratamiento y de los riesgos que supone el someterse al tratamiento o de no hacer ningún tratamiento.

El incumplimiento de dicha obligación por parte del sanitario responsable constituye una mala praxis profesional, con independencia de que el acto médico se haya realizado correctamente y, por consiguiente, se puede acudir a los Tribunales cuando el paciente no ha sido debidamente informado, de forma veraz, y sobre todo, de forma particular e individualizada de su caso.

No vale un formulario genérico. Según la doctrina de nuestros Tribunales, el consentimiento informado debe prestarse de forma específica y concreta para cada paciente, teniendo en cuenta sus circunstancias personales.

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