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Una sentencia curiosa, pero valiente

Conjuga la mala praxis con violencia obstétrica y trato deshumanizado en un parto.

La justicia canaria ha condenado al servicio canario de salud a indemnizar con 200.000 € a una mujer que perdió a su bebé por negligencias médica.

Esta sentencia, además de la propia negligencia, habla de “violencia Obstétrica” y de una atención médica “deshumanizada”.

Sinceramente y sin estar de acuerdo del todo con el contenido de la argumentación, nos parece muy importante que se profundice en estas cuestiones y los jueces tengan una clara vocación por analizar los casos de negligencia en todas sus vertientes.

La cuestión es que se trataba de un embarazo de riesgo que, a criterio del tribunal, no fue atendido con sujeción y cumplimiento de protocolos no prestando a la paciente todos los cuidados que necesitaba, provocando la pérdida del bebé.

Falló la supervisión, falló la monitorización fetal, fallaron las decisiones adoptadas y falló la información. Todo ello conformaría la negligencia de los servicios de salud canarios.

Pero, además, la paciente tuvo que esperar durante 6 horas con el feto muerto en su útero sin ofrecerle la posibilidad de extraerlo mediante una cesárea.

Todas estas cuestiones son contempladas por los magistrados como de un defecto de información o de consentimiento informado que lo considera “un derecho humano fundamental” a “optar libre y voluntariamente, entre dos o más alternativas asistenciales”.

Esta sentencia, reconoce que la violencia obstétrica se manifiesta en el trato «degradante, la falta de información y consentimiento, y la imposición de prácticas médicas no consentidas» durante el parto.

Incide la sentencia reconociendo como un “parto humanizado, el que respeta los derechos y dignidad de la mujer”, aquel en el que, cuanto menos, se informe de los riesgos para ella, en el caso de que se decida que el feto siga ocupando su útero. Es decir, lo que viene estableciendo esta sentencia es que la mujer tiene derecho, en un caso como este de pérdida de feto, a decidir si quiere una cesárea que acabe rápido con la situación o prefiere esperar a un parto natural.

Frente a ello, el servicio de salud se defiende manifestando que los protocolos y las guías clínicas rechazan la realización de cesáreas en estos casos y dice la sentencia: “el problema sigue siendo el mismo, la administración tiene una posición clara, y esta sala tiene otra: nuestra doctrina interpreta los derechos humanos y los derechos de la mujer respecto a su parto”.

Uno de los argumentos utilizados por el servicio de salud fue que la cesárea de libre elección no está cubierta por la sanidad pública, lo que reprocha el Tribunal de Superior de Justicia de Canarias contraargumentando: “El planteamiento induce a pensar que, al final, la cuestión se reduce a que las alternativas para la terminación del parto en un embarazo a término se ofertan en la sanidad pública por razones económicas y no médicas”.

Expuso el tribunal que la paciente acudió a dar a luz a su hijo y «fue sometida a un trato negligente y deshumanizado, privado de información y de alternativas, lo que generó un sufrimiento autónomo e innecesario, agravado» por la situación de confinamiento.

Además agregó que «no es la primera vez» que TSJC advierte al SCS de que «no es tolerable su tesis de que en la sanidad pública las mujeres no pueden elegir cómo dar a luz», por ello aseguró que su «pretensión es que el SCS cambie, de una vez por todas, su protocolo de actuación y comience a respetar el derecho de las mujeres a decidir cómo parir», ya que temen que casos como este «se puedan volver a producir ante la indefensión de estas mujeres».

«No todas ellas pueden permitirse el lujo de ejercer su derecho de acceder a los tribunales mediante una demanda con aportación de informes periciales», dijo.

Esta argumentación de la sentencia resulta novedosa y la verdad es que nos felicitamos de que, cada vez más, se busque la protección y la defensa del paciente en todos los puntos de la asistencia y, por supuesto, que no sólo se tengan en cuenta factores médicos, sino también los humanos.

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