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No dejamos de sorprendernos

Imagen en un paritorioPese a estar todos los días recibiendo clientes y la mayoría de los casos con historias terribles detrás, que dejan sufrimientos y padecimientos enormes en quienes las sufren, en alguna ocasión nos llega algún asunto que aún nos acaba dejando perplejos.

En este caso, nuestra clienta ingresó para parto el día 18 de febrero de 1985 a las 41 semanas de gestación, iniciándose inducción al día siguiente, 19 de febrero, pariendo de forma espontánea a las 22:20 horas, resultando un bebé mujer que nació con total normalidad.

Para el progreso del parto fue necesario practicar episotomía, que es una abertura que se realiza entre el canal vaginal y el ano para facilitar la salida del feto.

Todo fue, aparentemente bien, pero nuestra clienta refirió tener molestias que siempre fueron consideradas normales y el peor de sus infiernos era la dificultad de mantener relaciones sexuales por el enorme dolor que sufría al intentarlo.

El día 5 de diciembre de 2018 la clienta acudió a consulta de ginecología de la Clínica Malvarrosa de Valencia, donde se solicitó un TAC urgente por la sospecha diagnóstica de material residual en vulva. Al no ver nada con el TAC se solicita una Resonancia Magnética que evidenció la presencia de “artefacto de susceptibilidad magnética”, es decir, se había detectado un cuerpo extraño metálico.

Lo ocurrido fue que, en la sutura realizada en la episotomía, el día 19 de febrero de 1985, se dejaron restos de agujas en el interior de la vulva de la clienta y las mismas no fueron detectadas hasta noviembre de 2018, es decir, 33 años después.

Pero ahí no acaba la cosa, pues aún detectando las agujas en noviembre de 2018, las mismas no fueron extraídas hasta el 24 de marzo de 2021, es decir 2 años y medio después de su detección. Sinceramente, la falta de sensibilidad hacia los pacientes por parte de algunos centros hospitalarios es digna de mención.

Resumen, una chica joven sufre una tremenda negligencia médica cuando tiene 27 años de edad y la misma es detectada 35 años después, cuando tiene 62 años de edad, habiendo sufrido durante todo ese tiempo unos terribles dolores cada vez que intentaba mantener relaciones sexuales y, muy importante, durante todo ese tiempo estuvo en grave peligro para su vida por el riesgo de perforación que presentaba en todo momento.

Indudablemente, hemos iniciado la correspondiente reclamación con el fin de alcanzar la única forma de resarcimiento que le queda a la clienta, que es una indemnización económica y que en supuestos como este no es nada fácil de cuantificar por la particularidad del daño sufrido.

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