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Indemnización de tres millones por negligencia médica en el parto

El Tribunal Supremo fija una compensación de tres millones de euros por negligencia en un parto con graves secuelas neurológicas

La Sala Civil del Tribunal Supremo ha resuelto que Sanitas S.A. debe pagar 3.055.797 euros a una madre como indemnización por los daños causados por una negligencia médica durante un parto en 2005. Este incidente resultó en severas lesiones neurológicas para el recién nacido, quien en 2019 tenía una discapacidad del 94%.

El fallo del Supremo, que responde al recurso presentado por la madre en su nombre y el de su hijo, aumenta la compensación previamente establecida por la Audiencia Provincial de Madrid, que era de 2,2 millones de euros. Sobre los intereses, el tribunal mantuvo que se aplicarán conforme al artículo 20 de la Ley de Contrato de Seguro, contados desde el 27 de diciembre de 2012, cuando se interpuso la primera demanda, ya que no hay evidencia de que Sanitas conociera el caso antes de esa fecha.

El proceso judicial se enfocó en determinar el monto de la indemnización, dado que la responsabilidad de Sanitas por la atención médica negligente ya había sido confirmada en 2016 por una sentencia firme de la Audiencia de Madrid. Se comprobó que la mala praxis durante el parto, ocurrido el 23 de abril de 2005 en el hospital Dexeus de Barcelona, provocó una hipoxia severa que causó daños cerebrales irreversibles al bebé.

En 2016, tras confirmarse la negligencia, la madre solicitó una indemnización de 5,1 millones de euros. Sanitas ofreció inicialmente 1,5 millones, pero el Juzgado de Primera Instancia de Madrid fijó la suma en 1.934.184,65 euros, con intereses desde el 27 de diciembre de 2012. Ambas partes apelaron: la Audiencia de Madrid rechazó el recurso de Sanitas y elevó la cantidad a 2.206.059 euros, atendiendo parcialmente la solicitud de la madre.

La madre recurrió nuevamente al Supremo, que ahora ha ajustado la indemnización a 3.055.797 euros, reconociendo conceptos adicionales o incrementando algunos ya considerados. Los intereses se mantienen calculados desde la fecha de la primera demanda, conforme a lo decidido previamente.

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