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Sanidad condenada por no proteger a sus trabajadores

negligencias-medicasLa primera condena a Sanidad por no proteger a sus sanitarios sale a la luz

La Semana pasada se hizo pública la primera Sentencia en la que se condena a Sanidad (en este caso la Consejería de Sanidad de Aragón) por no proteger adecuadamente a su personal sanitario.

Esta Sentencia era esperada en cuanto al fondo y además por cómo anula y contradice todos y cada uno de los argumentos que utiliza Sanidad en su defensa.

Una más que evidente falta de protección

En efecto, la Sentencia reconoce y destaca que los Sanitarios estuvieron trabajando a pie de calle, en contacto directo con los enfermos sin medidas de protección. A su vez reconoce la labor hacia los enfermos y su vocación de servicio hacia los demás ya que, a pesar de las condiciones de trabajo que facilitaban el contagio, el personal médico permaneció, sin embargo, en su puesto de trabajo contra viento y marea.

La situación NO era desconocida

La Sentencia, valoró las pruebas aportadas. Entre ellas se encuentran las decisiones y comunicaciones de la OMS de finales del año pasado y principios del actual. La Sentencia da por hecho que las Autoridades Sanitarias CONOCÍAN lo que podía suceder, ya que eran sabedores de las recomendaciones de la OMS. Entre esas recomendaciones se encontraban la necesidad de PROTEGER y dar suficientes equipos de protección al personal sanitario. La Consejería debería haber hecho ACOPIO de todo tipo de material de protección, EPIS, MASCARILLAS, GUANTES, para la seguridad del personal sanitario, cosa que no hizo o no hizo suficiente.

La Fuerza Mayor no es un argumento sostenible

En efecto, al parecer Sanidad, con el ánimo de exculparse de todo mal o daño acaecido o de negligencias en su gestión sanitaria, uno de sus razonamientos engañosamente sólidos es argumentar la causa de fuerza mayor para justificar todos los males. Pero no es lo que opina el Juzgador. De hecho, reconoce la Sentencia la excepcionalidad de la situación ya que desde hace más de 100 años no nos enfrentábamos a una situación similar…

Sin embargo…

“… Sin embargo, tal gravedad y excepcionalidad, que ha llevado a la indispensable declaración del estado de alarma, no puede significar, sin más, que estemos ante un supuesto de ‘fuerza mayor’ que elimine los derechos fundamentales de los ciudadanos, o exima de responsabilidad a los empleadores por incumplimientos de su obligación de proteger a los trabajadores«.

En efecto. La Administración Sanitaria debe ser garante de la Salud, no solo del enfermo, sino asimismo de sus propios trabajadores, de su personal laboral. La Resolución condena a Sanidad ya que ésta debería haber actuado con precaución y previsión y debería de haberse provisto CON ANTELACIÓN de EPI suficientes para hacer frente a la situación que estaba por llegar. No solo por previsión, sino por su deber como empleadora y además, con más razón incluso, al tratarse de una Administración Pública.

Se puso en riesgo la vida del personal médico

Por lo que conocemos de la Sentencia, se hace referencia a dos fallecidos dentro del personal sanitario, por Coronavirus en Aragón. En toda España hay más de 70.

Hacer honor a estos fallecidos y ser fiel a lo que realmente ha sucedido y reconocer los errores, es la única forma de subsanarlos para que no vuelva a haber ningún fallecido más por coronavirus entre el personal sanitario… por culpa achacable directamente a su empleador, directamente achacable a Sanidad.

Coronavirus COVID-19

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