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Infecciones Hospitalarias: Entrar sano y salir enfermo… o peor

Un Tribunal condena a la Sanidad pública al pago de 179.000 euros por una infección hospitalaria que causa la muerte del paciente.

Es sabido que cuando un paciente entra en un Hospital, uno de los riesgos que corre es que pueda coger una infección hospitalaria.

Lo más llamativo de esto es que, en bastantes ocasiones, el Hospital es el responsable por no adoptar las medidas precisas y necesarias para atajar esa infección y que el paciente, al final, fallece a consecuencia de esa infección que ha contraído en el Hospital.

Eso no se puede ni se debe admitir. Todo Hospital, sea de la sanidad pública o privada, debe tener los medios necesarios para, al menos dos cosas:

Medidas para prevenir infecciones hospitalarias:

  1. La primera, prevenir la infección y, para ello, adoptar las medidas pertinentes y adecuadas para garantizar la asepsia de los lugares donde está el paciente. Muchas veces ésto no se cumple, poniendo un paciente sin infección en una habitación con otro infeccioso. Esto ha dado motivo a muchas sentencias condenatorias por no adoptar esta simple y elemental medida de precaución.
  2. La segunda, una vez producida la infección, adoptar todas las medidas y cuando digo todas, quiero decir todas, para averiguar el germen causante de la infección y ponerle remedio con la mayor prontitud y diligencia posibles, porque de esa prontitud depende la vida del paciente. Pero ello, por desgracia, tampoco se cumple en bastantes casos, dejando pasar días tontamente, o no dando antibiótico al paciente por no darse cuenta de la infección o dando uno genérico, que de poco o de nada le sirve.

Y esto es lo que pasa si además no se escucha al Paciente

Eso sí, tantas veces se piensa en que el paciente está ansioso y se tiene muy fácil enviar a un Psiquiatra para «arreglarle» su ansiedad, en lugar de ponerse en la piel del paciente y de sus familiares, oír realmente lo que le pasa de su boca y de sus familiares y actuar con la diligencia debida.

Uno de los últimos casos, lo tenemos en uno reciente, en que un Tribunal ha condenado a la Seguridad pública a indemnizar con 179.000 euros a los familiares de un paciente fallecido por una infección de origen hospitalario.

El paciente, de 61 años, había ingresado en el Hospital con buen estado general, sin signos de patología respiratoria ni otras secuelas, para recibir tratamiento de revascularización a cargo de Cirugía Vascular al presentar una isquemia en la falange distal de los dedos de la mano, secundaria a tratamiento de quimioterapia que el paciente había recibido.

Los familiares alertaron del empeoramiento… y nada

Sin embargo, desde la segunda semana de ingreso el paciente comenzó a presentar problemas respiratorios, que inicialmente fueron catalogados como «ansiedad» y tratados por Psiquiatría, sin que se le hiciera siquiera una simple radiografía para descartar otras patologías.

Lejos de mejorar, el paciente acusó mayores problemas respiratorios en días sucesivos. Nada se hizo entonces a pesar de la evidencia clínica de su estado, y de que los familiares alertaran de forma repetida a los médicos que lo atendían.

El paciente tenía pautado tratamiento antibiótico desde su ingreso en Cirugía Vascular, y con este tratamiento continuó, a pesar de que las pruebas indicaban que existía una infección y que el tratamiento no era efectivo.

Y todo lo que NO se hizo

No se solicitaron cultivos para conocer el germen causante del proceso infeccioso y, por tanto, no se pautó el tratamiento antibiótico adecuado. No se realizaron pruebas diagnósticas dirigidas a atajar el problema infeccioso.

Las analíticas posteriores mostraron persistencia del proceso infeccioso, y sin causa que lo justifique, se suspendió el tratamiento antibiótico. La evolución del paciente fue catastrófica falleciendo por fallo multiorgánico secundario a infección de origen hospitalario.

La sentencia del Tribunal reprocha que el paciente «nunca» llegó a recibir el tratamiento antibiótico adecuado porque «nunca» se buscó el germen causante de la infección para adaptar el tratamiento al mismo.

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