Se condena a la Administración por deficientes actuaciones médicas que llevaron a una amputación del miembro inferior de nuestro cliente, a nivel de la cadera, quedando éste en situación de invalidez permanente, además de padecer síndrome depresivo y perjuicio estético.
El Tribunal entiende que existe responsabilidad de Sanidad “… cuando no se realizan las funciones que las técnicas de la salud aconsejan en aplicación de la deontología médica y del sentido común humanitario…”
TSJ Comunidad Valenciana Sala de lo Contencioso-Administrativo, sec. 2ª, S 12-3-2004, Sentencia 397/2004