Obtenemos una resolución estimatoria de nuestra reclamación formulada a raíz del fallecimiento de una niña de tan solo 6 semanas que fue “desatendida” en el Servicio de Urgencias Pediátricas del Hospital La Fe.
Es un caso bastante alarmante. La niña presentaba una taquicardia supraventricular, una forma de arritmia que no es extraña en los bebés y su resolución, por regla general, se consigue aplicando paños fríos o hielo en la cara.
Sólo había que mantener una mínima vigilancia, una toma de constantes o una auscultación durante la noche hubiera detectado la arritmia y su fácil resolución hubiera evitado el fatal desenlace.
Tal es así que los propios informes de la inspección sanitaria inciden en que estos casos, en los que no hay otras patologías asociadas, se resuelven sin mayor problema en el 99,75% de los casos.
A las 10 de la mañana, con el cambio de turno y la entrada de una pediatra hizo que ésta, nada más ver de lejos a la niña supiera que algo pasaba, acercándose y procediendo a auscultarla cuando aún estaba en los brazos de su madre, comprobando la grave situación en la que se encontraba. En ese momento se pusieron en marcha todos los recursos disponibles, pero ya era tarde…
Estamos ante una pérdida de oportunidad completa, es decir, de aplicar los medios necesarios la niña se hubiera salvado, motivo por el que se alcanza la indemnización antedicha.
No obstante, tenemos recurrido al Tribunal Superior de Justicia solicitando un incremento de la indemnización en un 25 % por entender que se trata de un supuesto de daño excepcional, de los que normalmente no se producen.
—
La prensa se hace eco de la noticia. Aquí puedes leer el artículo publicado por europapress.es