Acuerdo indemnizatorio con la Compañía Seguros Relyens Mutual Insurance, aseguradora del Hospital de Manises, por el retraso injustificado en el diagnóstico de un tumor parpebral maligno “Carcinoma sebáceo”, al no revisar el resultado de anatomía patológica y tratar el tumor como un simple orzuelo.
Se acuerda indemnizar a la paciente de 38 años de edad en la cantidad de 70.000 euros por la existencia de una mala praxis médica por parte del servicio de oftalmología del Hospital de Manises, al no ver el resultado de un análisis de anatomía patológica de un tumor parpebral y tratarlo como un orzuelo durante más de 9 meses, que llevó a la amputación del párpado.
Tras un procedimiento civil seguido en el Juzgado de Instancia de Madrid, por demanda contra Relyens Mutual Insurance, solicitando su condena a indemnizar a la paciente por los daños y perjuicios sufridos por mala praxis médica, se ha llegado a un acuerdo extrajudicial.
Tras sustanciarse el procedimiento ordinario, y tras celebrarse la Audiencia Previa al Juicio, antes de la celebración del mismo, se ha llegado a un acuerdo con la Compañía de Seguros demandada por el que indemniza a la paciente en la cantidad de 70.000 euros, como consecuencia de los hechos aquí ocurridos. El procedimiento ha sido tramitado por los letrados Ica Aznar Congost y Juan Carlos Montealegre Bello, de los Servicios Jurídicos de la Asociación ‘El Defensor del Paciente’.
Los hechos se remontan a Junio de 2022, cuando la paciente, de 38 años de edad en aquel momento, acudió al Hospital de Manises por presentar lo que parecía un orzuelo.
Acude en varias ocasiones a urgencias siendo diagnosticada de “orzuelo externo”. En Noviembre de 2022 es intervenida para la extirpación del orzuelo, el cual es remitido a anatomía patológica del Hospital para su análisis, en cuyo informe consta el resultado de “Carcinoma sebáceao”, informe que no fue visto ni consultado por nadie, manteniendo el diagnóstico de orzuelo.
A los 5 meses, acude de nuevo al Hospital pues el supuesto orzuelo le ha reaparecido debido a que la anterior extirpación fue inadecuada e incompleta, poniendo nuevamente a la paciente en lista de espera para la exéresis, programando la intervención 4 meses después (no consideraron la urgencia, pues pensaban que era un orzuelo).
El 11 de Agosto de 2023 antes de la intervención, a la vista de la impresión de la lesión, deciden biopsiar primero el nódulo, con la confirmación del diagnóstico de carcinoma sebáceo, que estaba en el informe de anatomía patológica de 17 de noviembre de 2022 y que nadie consultó.
Finalmente es remitida a oncología, donde se le realiza amputación completa del párpado derecho, lo cual se podría haber evitado.
Dicha amputación le provoca graves secuelas estéticas y funcionales, pues no puede cerrar el ojo, lagrimeo contínuo, empeoramiento de visión, imposibilidad de realizar las actividades que realizaba antes, imposibilidad de maquillarse, y aumento de posibilidad de recidiva y peor pronóstico del cáncer, lo cual le genera una gran ansiedad e incertidumbre.
Lo más complicado de este caso ha sido fijar la cuantía a indemnizar, pues la determinación del perjuicio en el pronóstico en cuanto a la probabilidad de recidiva tumoral es incierto y complejo de cuantificar.
Entendemos que estas actuaciones médicas son fácilmente evitables, pues se trata de poner atención en el resultado de las pruebas que los propios facultativos piden, por lo que tener a disposición resultados y no consultarlos es un olvido inexcusable cuando está en juego la salud y la vida de una persona. Creemos que la sanidad tendría que tener instaurados de forma obligatoria sistemas de seguridad o avisos que evitaran que esto pudiese suceder.
La defensa del caso ha sido dirigida por la abogada ICA AZNAR CONGOST Y JUAN CARLOS MONTEALEGRE BELLO especialistas en Derecho sanitario y adscrita a los Servicios Jurídicos de ‘El Defensor del Paciente’.