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480.000 euros de indemnización por la deficiente asistencia sanitaria que determinó un daño medular permanente

COMUNICADO: Acuerdo extrajudicial por el que la Aseguradora Berkshire Hathaway European Insurance (Sucursal en España) del Hospital Torrevieja Salud UTE indemniza a un paciente en la cantidad de 480.000 Euros por la deficiente asistencia sanitaria prestada que determinó un daño medular permanente.

Se inició Reclamación Patrimonial en abril de 2021 contra la Consellería de Sanidad de la Comunidad Valenciana, resolviendo el expediente con Resolución desestimatoria de la reclamación.

Contra dicha Resolución se interpuso Recurso Contencioso Administrativo ante la sección segunda de la Sala de lo Contencioso Administrativo del TSJ de la Comunidad Valenciana. En dicha tramitación, y previo a dictarse sentencia por el órgano judicial, se ha llegado a un acuerdo extrajudicial con Berkshire Hathaway European Insurance, aseguradora del Hospital Torrevieja Salud UTE (Hospital Público de gestión privada en la fecha de los hechos), tramitado por los letrados Ica Aznar Congost y Javier Bruna Reverter, de los servicios Jurídicos de la Asociación ‘El Defensor del Paciente’, mediante el cual indemnizan al paciente con la cantidad de 480.000 € por la deficiente prestación sanitaria.

Los hechos se remontan al año 2020, cuando tras haber sufrido un traumatismo directo en la zona lumbar 3 meses antes, y acudir hasta en 3 ocasiones al Hospital de Torrevieja, no realizaron las pruebas de imagen indicadas (resonancia dorsolumbar).

Ello llevó a no intervenir quirúrgicamente al paciente, pese a presentar éste una lesión medular evolutiva que precisaba dicha intervención para descomprimir la médula, estabilizar la columna y evitar la progresión del daño. En vez de ello, le dieron el Alta hospitalaria.

Si se hubiera hecho la resonancia dorsolumbar al enfermo a tiempo, se hubiera podido diagnosticar la lesión de forma precoz y se hubiera podido intervenir quirúrgicamente de forma inmediata. Como ello no se hizo así, el paciente presenta un daño medular permanente a consecuencia de la deficiente prestación sanitaria.

La administración se ha defendido, aportando informes de la propia inspección, y de un especialista en medicina interna, que defendían la buena práxis médica, y resolviendo el expediente desestimando nuestra reclamación patrimonial.

Nosotros, ante ello, y defendiendo los intereses de nuestro cliente recurrimos ante el Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, y en la tramitación de la fase judicial tuvimos que reforzar la pericial con un informe de traumatólogo y valoración de lesiones y secuelas, pese a tener una resolución desestimatoria, que finalizó con un acuerdo con la Compañía de Seguros indemnizatorio y satisfactorio para esta parte.

La defensa del caso ha sido dirigida por la abogada ICA AZNAR CONGOST Y JAVIER BRUNA REVERTER especialistas en Derecho sanitario y adscritos a los Servicios Jurídicos de ‘El Defensor del Paciente’.

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